Con la emisión de un fallo condenatorio cesan los efectos jurídicos de la medida de aseguramiento (10:32 a.m.)
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16 de Septiembre de 2019
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al estudiar un caso en virtud de la Ley 600 del 2000, aclaró que la medida de aseguramiento, en consideración a su naturaleza cautelar y las finalidades que cumple dentro de dicho estatuto procesal, tiene vigencia hasta que se profiera la sentencia de primera instancia. “La detención sigue sirviendo al proceso, pero ya no en cuestiones probatorias ni de competencia en sentido estricto, sino al eventual cumplimiento de la pena privativa de la libertad”, finaliza el fallo (M . P. Patricia Salazar).
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