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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Comisión de Aforados, con ponencias positivas para primer debate (2:01 p.m.)

11 de Abril de 2016

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Nota:
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Como se recordará, una de las modificaciones sustanciales del Acto Legislativo 02 del 2015 fue la creación de la Comisión de Aforados. El proyecto de ley 118/15S fue radicado en noviembre del año pasado, y ya recibió ponencia favorable para primer debate, por las comisiones primeras conjuntas del Senado y la Cámara de Representantes. La exposición de motivos sustenta la creación de esta colegiatura en los principios constitucionales de independencia judicial, separación de poderes y garantía al fuero constitucional de funcionarios que ocupan altos cargos. Así, en palabras del ponente, el proyecto está diseñado para evitar presiones indebidas sobre las altas cortes y sobre la Fiscalía General de la Nación. En síntesis, la iniciativa busca desarrollar el artículo 178-A de la Constitución Política, de tal manera que se superen las falencias que llevaron a sustituir el órgano de investigación y acusación de estos funcionarios aforados. Se mencionan problemas del modelo actual como la atribución de funciones técnicas de investigación y de funciones jurídicas como la de presentar una acusación a miembros del Congreso y la ausencia de claridad en el procedimiento cuando se trata de faltas disciplinarias o daños patrimoniales al Estado. La propuesta plantea como tribunal de cierre a la Corte Suprema de Justicia, lo anterior para que no haya disparidad en las decisiones. En materia penal, por ejemplo, la Comisión de Aforados, por intermedio del investigador destacado, haría las veces de acusador, este funcionario tendría las mismas facultades que la Fiscalía General de la Nación, en tanto la función de control de garantías será ejercida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. El juez de conocimiento sería la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En materia disciplinaria, la Comisión de Aforados adelantará la investigación y practicará las pruebas a las que haya lugar, la Cámara de Representantes decidiría de fondo sobre la responsabilidad disciplinaria y el Senado de la República decidirá el recurso de apelación interpuesto en contra de la decisión adoptada. Por último, en materia fiscal, la Comisión de Aforados investigará y decidirá de fondo sobre la responsabilidad a la que haya lugar y la Cámara de Representantes resolverá en grado de consulta.

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