Cada sistema de prevención de LA/FT debe permitir un desarrollo adecuado del proceso de debida diligencia (4:28 p.m.)
114756
03 de Marzo de 2020
Escucha esta noticia audio generado con IA
Cada sistema de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) debe establecer la forma y profundidad que permitan entender un desarrollo adecuado del proceso de debida diligencia en el conocimiento de contrapartes y beneficiarios finales, por lo que dependerá en cada caso y operación particular determinar el punto en el que se entiende este agotado adecuadamente, ya que la Circular Básica Jurídica no determina expresamente ni limita los mecanismos que las empresas deben establecer para la prevención del riesgo de LA/FT. No obstante, indicó la Superintendencia de Sociedades, ello no faculta a las empresas a desconocer el orden jurídico ni las normas de derecho comercial o societario aplicables en materia de reserva de los libros y papeles del comerciante.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!