Audiencia de acusación no es la única instancia procesal para que la víctima pueda intervenir: Sala Penal (10:52 a.m.)
14 de Enero de 2020
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Nota:
114220
La Corte Suprema de Justicia, a partir de un análisis armónico y sistemático del ordenamiento jurídico procesal y pronunciamientos jurisprudenciales emitidos en relación con la oportunidad para que la víctima materialice su derecho a participar en el proceso penal, aclaró que si bien en la audiencia de acusación, siendo fiel al contenido a la norma, es donde se formaliza la intervención de la víctima mediante la determinación de su condición y el reconocimiento de su representación legal, también es cierto que ese estadio procesal no es el único para que intervenga, como tampoco el primero, ni mucho menos el último. “La jurisprudencia tanto de la Corte Constitucional como de la Sala ha exigido que las normas que regulan la participación de las víctimas en el proceso penal tomen en cuenta sus derechos a la verdad, justicia y reparación integral, así como la existencia de mecanismos idóneos para asegurar su protección efectiva”, concluye el fallo (M. P. José Francisco Acuña).
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