Ampliarían penalización de conductas que promuevan el dopaje (12:10 p.m.)
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01 de Octubre de 2019
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Los ministerios del Deporte y de Justicia radicaron ayer, ante la Cámara de Representantes, un proyecto de ley que busca modificar el artículo 380 de la Ley 599 del 2000 (Código Penal), con el propósito de ampliar el margen de penalización para la persona que formule, suministre, administre o aplique a un deportista profesional o aficionado alguna sustancia o método prohibido en el deporte o lo induzca al consumo. De aprobarse la propuesta, los autores de las conductas relacionadas con el dopaje incurrirán en prisión de 24 a 72 meses y en una multa de 66 a 750 salarios mínimos mensuales. La pena se aumentará hasta en la mitad cuando: (i) la conducta recaiga sobre un menor de edad; (ii) se realice mediante engaño o coacción y (iii) el responsable tenga cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad o poder sobre la víctima. “A las sanciones previstas en el artículo 379 quedará sujeto el profesional o practicante de medicina, odontología, enfermería, farmacia o de alguna de las respectivas profesiones auxiliares que, en ejercicio de ellas, realizare las conductas previstas en el artículo”, agrega la iniciativa.
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