Pago de la licencia de maternidad en proporción al tiempo cotizado no genera traumatismo al equilibro financiero del sistema de salud (11:25 a.m.)
03 de Febrero de 2010
Reproducir
Nota:
64869
Ordenar el pago de la licencia de maternidad en proporción al tiempo efectivamente cotizado no genera traumatismos al equilibrio financiero del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Así lo indicó la Corte Constitucional, al tiempo que reiteró las reglas jurisprudenciales que se aplican cuando no se cotiza durante todo el periodo de gestación. La decisión precisó que como no se cumplían los requisitos jurisprudenciales para el pago total, se debía acudir al Acuerdo 414 del 2009, expedido por el Ministerio de la Protección Social, en el que se consagra el pago proporcional al tiempo cotizado (M.P. María Victoria Calle Correa).
Opina, Comenta