13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Valor por reconexión del servicio de comunicaciones debe informarse al usuario previamente a la suspensión (4:38 p.m.)

03 de Septiembre de 2014

Reproducir
Nota:
62878
Los proveedores de servicios de comunicaciones pueden cobrar al usuario una suma de dinero por concepto de reconexión, cuando la suspensión ha tenido lugar por alguna causa imputable a aquel, como sería el caso de la falta de pago oportuno. En este caso, en necesario que el usuario sepa de dicho valor previamente a la suspensión, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Una vez que este realiza el pago y cesa la causal de suspensión, el proveedor debe proceder con la reconexión a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes. En caso contrario, deberá devolverle al usuario en la siguiente factura la suma cobrada por dicho concepto.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)