Valor por reconexión del servicio de comunicaciones debe informarse al usuario previamente a la suspensión (4:38 p.m.)
03 de Septiembre de 2014
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Nota:
62878
Los proveedores de servicios de comunicaciones pueden cobrar al usuario una suma de dinero por concepto de reconexión, cuando la suspensión ha tenido lugar por alguna causa imputable a aquel, como sería el caso de la falta de pago oportuno. En este caso, en necesario que el usuario sepa de dicho valor previamente a la suspensión, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Una vez que este realiza el pago y cesa la causal de suspensión, el proveedor debe proceder con la reconexión a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes. En caso contrario, deberá devolverle al usuario en la siguiente factura la suma cobrada por dicho concepto.
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