Tasa de cambio para liquidar el IVA en la importación de cerveza es la informada la semana anterior a la presentación y aceptación de la declaración (2:07 p.m.)
06 de Julio de 2010
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Nota:
67296
El impuesto sobre las ventas respecto de la importación de cerveza es un tributo que se declara y paga al momento de la importación, por lo que la tasa de cambio requerida para la conversión de las divisas a moneda colombiana será la informada por la Superintendencia Financiera para el último día hábil de la semana anterior a la cual se presenta y acepta la declaración de importación, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de mayo.
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