Suplente del representante legal no debe justificar la ausencia o incapacidad del principal (4:00 p.m.)
13 de Noviembre de 2013
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Nota:
92714
Para que el suplente del representante legal pueda desempeñar el cargo, no es necesario que pruebe o certifique ante terceros la ausencia o incapacidad del principal, pues es parte del principio de buena fe que debe regir su actuación, conforme a lo previsto en el artículo 72 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, precisó la Superintendencia Financiera. Así las cosas, exigirle al suplente una justificación de sus actos es como pedirle que pruebe que no está usurpando las facultades del principal o que sus actos no son simultáneos con los de aquel, cuando para el tercero eso es irrelevante, pues no hay responsabilidad personal del suplente que obre a nombre de la sociedad o que esté inscrito en la cámara de comercio con funciones de representante legal, indicó la entidad.
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