Supersociedades fijó contribución de cámaras de comercio
Las cámaras de comercio que no paguen dentro del plazo tendrán intereses moratorios y enfrentarán procesos de cobro persuasivo o coactivo.Openx [71](300x120)
05 de Septiembre de 2025
La Superintendencia de Sociedades expidió una resolución mediante la cual se fijó la tarifa de la contribución que deberán cancelar las cámaras de comercio sujetas a su inspección, vigilancia y control durante este año. La medida se fundamenta en lo dispuesto en la Ley 2069 del 2020 y en los decretos reglamentarios que establecen que estas entidades deben aportar al financiamiento del servicio administrativo de supervisión.
De acuerdo con la resolución, el valor total de las contribuciones para 2025 asciende a $ 9.000 millones, que corresponden al aporte de las cámaras de comercio dentro del presupuesto de ingresos de la superintendencia. La participación de cada entidad se calculó con base en sus ingresos operacionales reportados en los estados financieros de la vigencia anterior. La Cámara de Comercio de Bogotá asumirá la mayor proporción, equivalente al 36,32 % del total, mientras que otras, como las de Medellín, Cali, Bucaramanga y Barranquilla figuran entre las de mayor aporte. (Lea: Diez empresas colombianas inician internacionalización con apoyo de AmCham)
El acto administrativo establece que los pagos deberán realizarse dentro de los 20 días calendario siguientes a la expedición de la cuenta de cobro. En caso de mora, se aplicarán los mismos intereses establecidos para el impuesto de renta y se adelantarán procesos de cobro persuasivo o coactivo.
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