Supersociedades publica Guía para la Realización de Asambleas y Juntas de Socios (11:09 a.m.)
17 de Febrero de 2010
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Nota:
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Todos los años, los socios de las compañías deben reunirse en junta o asamblea general ordinaria, al menos, en la fecha fijada en los estatutos o dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio. También en forma extraordinaria, cuando sean convocados por los órganos o entidades competentes. ¿Quiénes pueden hacer esas convocatorias? ¿A través de qué medios? ¿Con qué antelación? ¿Qué debe contener la convocatoria? ¿Cómo verificar la calidad de socio? ¿Cuándo los socios no tienen derecho a participar en las reuniones de los órganos sociales? ¿En qué consiste el mecanismo de representación? ¿Qué documentos deben someterse a consideración de la reunión? ¿Cómo se integran los quórum y las mayorías decisorias? ¿Cuál es el procedimiento para la elección de miembros de junta directiva? Las respuestas a estos y otros interrogantes están en la Guía Práctica para la Realización de Asambleas y Juntas de Socios de la Superintendencia de Sociedades, actualmente vigente.
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