Reformarían figura de fusión abreviada para conformación de SAS (10:07 a.m.)
30 de Septiembre de 2016
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Nota:
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Este es el principal objetivo de un proyecto de ley radicado ante el Senado de la República que pretende reformar la Ley 1258 del 2008. Así, en casos en que una sociedad detente más del 90 % de las acciones de una sociedad por acciones simplificada (SAS) aquella podría absorber a esta última, mediante determinación adoptada por las juntas de socios o las asambleas de las sociedades participantes en el proceso de fusión. Por su parte, el acuerdo de fusión podrían realizarse por documento privado inscrito en el registro mercantil, salvo que dentro de los activos transferidos se encuentren bienes cuya enajenación requiera escritura pública. La fusión podría dar lugar al derecho de retiro a favor de los accionistas ausentes y disidentes en los términos de la Ley 222 de 1995. En cuanto a los aspectos esenciales del acuerdo de fusión abreviada, tendrán que ser publicados en un diario de amplia circulación. Así mismo, habría lugar a la oposición de la fusión abreviada por parte de los acreedores dentro de los 30 días siguientes al perfeccionamiento de la operación comercial. Si no se otorgasen las garantías suficientes a favor de los acreedores dentro de este término, los accionistas que hayan aprobado la fusión serían solidariamente responsables por el cumplimiento de estas obligaciones. El proyecto de ley fue enviado a la Comisión Tercera del Senado y se encuentra a la espera de ponencia para primer debate.
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