Mercantil
Prima en colocación de acciones no se incluye en patrimonio neto para enervar causal de disolución por pérdidas
11 de Mayo de 2012
La prima en colocación de acciones no se puede incluir en el cálculo del patrimonio neto de una sociedad con el fin de enervar la causal de disolución por pérdidas, precisó la Superintendencia de Sociedades.
La prima en colocación de acciones no se puede incluir en el cálculo del patrimonio neto de una sociedad con el fin de enervar la causal de disolución por pérdidas, precisó la Superintendencia de Sociedades.
Como la capitalización de la prima es una medida para enervar esta causal, este rubro, por sí solo, no puede ser sumado y determinado como integrante del capital.
El artículo 456 del Código de Comercio señala expresamente que los mecanismos llamados a enjugar las pérdidas que presenten las sociedades son la reserva legal y, ante la insuficiencia de esta, las utilidades de ejercicios siguientes.
La norma excluye la posibilidad de que la prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés, registrada como tal en la contabilidad del ente económico, pueda utilizarse para enjugar pérdidas sociales.
Cosa distinta es que, una vez capitalizada la prima, el capital pueda ser disminuido y se restablezca el patrimonio por encima del 50 % del capital suscrito, indicó la superintendencia.
(Supersociedades, Concepto 220-20503, abr. 2/12)
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