Empresas extranjeras que funcionan en Colombia sin cumplir requisitos deben ser denunciadas ante la Superintendencia de Sociedades (2:21 p.m.)
20 de Abril de 2010
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Nota:
65682
Si la sucursal de una sociedad extranjera está desarrollando actividades permanentes en Colombia sin el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 471 del Código de Comercio, debe ser denunciada ante la Superintendencia de Sociedades, para que se decrete de oficio una investigación administrativa. En cuanto a la responsabilidad, la entidad precisó que las personas que actúan a nombre y representación de personas extranjeras sin cumplir el régimen establecido deben responder solidariamente con la sociedad por las obligaciones contraídas en Colombia.
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