Sociedades en liquidación solo deben efectuar operaciones encaminadas a lograr su extinción (10:49 a.m.)
09 de Febrero de 2010
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Nota:
64747
Teniendo en cuenta que durante el periodo de liquidación todos los actos de la persona jurídica deben estar encaminados única y exclusivamente a lograr su extinción, cualquier operación que se inicie ajena a dicho fin, además de retardar el proceso, hace responsables a los asociados y a terceros frente a la sociedad, al liquidador y al revisor fiscal que no se hubieren opuesto, en forma ilimitada y solidaria, precisó la Superintendencia de Sociedades.
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