Sociedad en liquidación continúa siendo contribuyente de impuestos: Consejo de Estado (4:39 p.m.)
03 de Julio de 2014
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Nota:
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Cuando una sociedad se encuentra en liquidación no puede iniciar nuevas operaciones para desarrollar su objeto social, pero sí continuar y culminar las pendientes al sobrevenir el estado de liquidación (Sentencia 18839 del 2012). Esto implica que la sociedad continúa existiendo y varía la destinación de su patrimonio para reservarlo a la disgregación de los activos con miras a cubrir los pasivos y adjudicar a los asociados el remanente, si lo hubiere. Al respecto, el alto tribunal se refirió a un concepto de la Superintendencia de Sociedades sobre la consecuencia de la inscripción en el registro mercantil de la cuenta final de liquidación, pues desaparece del mundo jurídico la sociedad, sus órganos de administración y de fiscalización, es decir, desaparece del tráfico mercantil como persona jurídica. En consecuencia, no puede de ninguna manera seguir ejerciendo derechos y adquiriendo obligaciones. No obstante lo anterior, para el Consejo de Estado la sociedad en liquidación continúa siendo contribuyente de impuestos y le atañe el cumplimiento de las obligaciones sustanciales y formales derivadas de esa calidad, hasta tanto termine la etapa liquidatoria, eso si, considerando su nueva situación patrimonial y la capacidad jurídica limitada que tiene (C. P. Carmen Teresa Ortiz).
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