Señalan qué reclamos son constitutivos de siniestro en los seguros que incluyen cláusulas ‘claims made’ (3:00 p.m.)
08 de Agosto de 2014
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Nota:
62444
El seguro de responsabilidad cumple una función preventiva y reparadora (artículos 1127 a 1133 del Código de Comercio), así lo recordó la Corte Suprema de Justicia al señalar que protege el patrimonio del asegurado causante del hecho dañino y también salvaguarda a los damnificados, convirtiéndolos en beneficiarios de la indemnización y reconociéndoles inclusive la facultad de accionar de manera directa frente al asegurador. Sobre los reclamos constitutivos de siniestro en los contratos de seguros que incluyen las denominadas “claims made”, la Sala de Casación Civil aclaró que el artículo 4º de la Ley 389 de 1997 señala que en la cobertura podrá circunscribirse al descubrimiento de pérdidas durante la vigencia, y a las reclamaciones formuladas por el damnificado al asegurado o a la compañía durante la vigencia, así se trate de hechos ocurridos con anterioridad a su iniciación. Para la Corte, se podrán definir como cubiertos los hechos que ocurran durante la vigencia del seguro de responsabilidad, siempre que la reclamación del damnificado al asegurado o al asegurador se efectúe dentro del término estipulado en el contrato (M. P. Ruth Marina Díaz Rueda).
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