Según el Decreto 1092 de 1996, la notificación por correo se entendía surtida en la fecha de introducción a este (10:30 a.m.)
20 de Octubre de 2011
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Nota:
76793
En vigencia del artículo 15 del Decreto 1092 de 1996, la notificación por correo se entendía surtida en la fecha de introducción a este. El Consejo de Estado indicó que esta prescripción fue declarada inexequible en las sentencias C-096 del 2001 y C-317 del 2003. De otra parte, aclaró que la presunción de notificación por introducción al correo es iuris tantum, es decir, susceptible de ser desvirtuada con prueba contraria. En el fallo también se indicó que la infracción consistente en canalizar como importaciones a través del mercado cambiario montos que no se deriven de las mencionadas operaciones obligatoriamente canalizadas da lugar a la imposición de una multa, tal como lo disponía el Decreto 1092 (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).
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