Reglas especiales para disolver sociedades, a punto de ser ley (5:00 p.m.)
18 de Septiembre de 2012
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Nota:
84344
La Cámara de Representantes estudiará, en último debate, el proyecto para agilizar los procesos de disolución de sociedades. Estas reglas aplicarían para las empresas unipersonales, sociedades y sucursales que necesiten disolverse pero no logren conformar el quórum necesario o se enfrenten a una paridad en la votación para liquidar la compañía. Aprobada la disolución, el representante legal y el revisor fiscal prepararán un inventario de activos y pasivos y precisarán la forma en que se atenderán los pagos; se elaborará un acta con los nombres de los asociados que asistieron o estuvieron representados, la forma en que se tomó la decisión, el acuerdo con los acreedores y el nombre del liquidador; el documento suscrito se inscribirá en el registro mercantil dentro de los 15 días siguientes; la disolución será pública y estará a disposición de cualquier interesado en la cámara de comercio del domicilio principal de la sociedad. Finalmente, se dará aviso a la DIAN, a las autoridades locales y al Ministerio del Trabajo y se entenderá extinguida la persona jurídica.
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