Reglamentan el listado de valores en sistemas de cotización de valores del extranjero (3:53 p.m.)
05 de Noviembre de 2010
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Nota:
69216
Con el propósito de impulsar el desarrollo de los sistemas de cotización de valores del extranjero mediante acuerdos o convenios de integración de bolsas de valores, el Gobierno acaba de reglamentar el listado de valores de renta variable en tales sistemas. La referencia a renta variable se entenderá circunscrita exclusivamente a acciones, índices asociados a las mismas y a participaciones en carteras colectivas cuyo portafolio esté invertido en acciones en el porcentaje que defina la Superintendencia Financiera, precisa el Decreto 4087 del 2010.
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