Recuerdan los requisitos para que una sociedad sea considerada de carácter familiar (9:46 a.m.)
13 de Septiembre de 2010
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Nota:
68476
Para que una sociedad tenga carácter familiar debe existir entre dos o más socios un parentesco de consanguinidad hasta el segundo grado, es decir, padres, hijos y hermanos; único civil, es decir, padres adoptantes e hijos adoptivos; o estar unidos entre sí matrimonialmente, siempre y cuando los socios así relacionados ejerzan control económico, financiero o administrativo sobre la sociedad, recordó la Superintendencia de Sociedades, en reciente oficio. El control económico existe en la medida en que uno o varios socios hayan efectuado aportes significativos que representen interés de tipo mayoritario, mientras que el control administrativo radica en la posibilidad de elegir o lograr que sean elegidos quienes estatutariamente deben ejercer directamente dichas funciones en la compañía.
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