Publican fallo que dejó en firme la prohibición a las aseguradoras para ofrecer seguros exequiales indemnizables en especie (9:21 a.m.)
17 de Agosto de 2010
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Nota:
68148
La Corte Constitucional dio a conocer el texto de la sentencia que declaró exequible la norma que establece una prohibición a las aseguradoras para ofrecer seguros exequiales indemnizables en especie (Ley 1328 del 2009, art. 86). Según el demandante, dicha prohibición vulnera el deber estatal de promover la libre competencia y por ende la normativa subregional andina, en especial la Decisión 608. Sin embargo, la sala explicó que ni los tratados internacionales sobre derecho comunitario andino ni el derecho comunitario derivado hacen parte del bloque de constitucionalidad, pues su finalidad no es el reconocimiento de los derechos humanos sino la regulación de aspectos económicos, fiscales, aduaneros, monetarios, técnicos, etc. Reiteró además que una cosa es que las normas de los tratados internacionales tengan fundamento constitucional y otra, muy diferente, que se hallen incorporadas al bloque (M. P. Humberto Sierra Porto).
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