Proveedores y productores pueden determinar la compra y consumo de alimentos dentro de sus instalaciones (9:27 a.m.)
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02 de Septiembre de 2014
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Con fundamento en el derecho de libertad económica, previsto en el artículo 333 de la Constitución Política, los proveedores y productores tienen un amplio margen para definir sus políticas comerciales, dentro de las cuales está el determinar que dentro de sus instalaciones se consuman alimentos adquiridos exclusivamente allí o fijar los precios de sus productos, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio. En todo caso, advirtió la entidad, se debe respetar lo señalado en la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), sobre información mínima que se debe brindar al consumidor y responsabilidad por el inadecuado o insuficiente manejo de la misma. La consulta se refería al ingreso de comida a las salas de cine.
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