Modifican metodología de cálculo de rentabilidad mínima de patrimonios autónomos del Fonpet (11:37 a.m.)
11 de Agosto de 2010
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Nota:
68220
Con el objeto de precisar algunos elementos de la metodología de cálculo de la rentabilidad mínima aplicable a los patrimonios autónomos participantes en la administración del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), constituidos en entidades financieras especializadas, el Gobierno expidió recientemente el Decreto 2948. Según la determinación, las entidades administradoras deberán obtener una rentabilidad mínima neta de comisión no inferior al promedio de la rentabilidad generada por todos los patrimonios autónomos participantes en la administración de los recursos del Fonpet, disminuida en un 10%.
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