Modifican estatutos del Banrepública en lo referente a reservas de estabilización monetaria (4:09 p.m.)
14 de Diciembre de 2015
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Nota:
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El saldo vigente de la reserva para fluctuaciones de monedas se destinará a incrementar la cuenta ajuste de cambio del superávit patrimonial. Así lo determinó el Ministerio de Hacienda al modificar los estatutos del Banco de la República (Decreto 2520 de 1993). De otra parte, agregó que las reservas internacionales deberán contabilizarse a la tasa de mercado. Además, señaló que ahora el ajuste de cambio de las reservas ocasionado por las fluctuaciones de la tasa de cambio del peso con respecto a las monedas en que se encuentren representadas deberá contabilizarse como superávit. El ajuste de cambio desfavorable se aplicará a ese superávit. Las variaciones generadas por cambios en los precios de las inversiones constituirán ingresos y egresos del banco. Las variaciones en el valor de los demás activos y pasivos en moneda extranjera generadas por cambios en los precios o por las fluctuaciones de la tasa de cambio del peso con respecto a las monedas en que se encuentren representadas dichas cuentas constituirán ingresos y egresos del banco. Por último, cabe precisar que estas disposiciones aplican a partir del ejercicio contable del 2015 y derogan el numeral 3º del artículo 61 del Decreto 2520.
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