Minhacienda pide ampliar facultades de inspección, vigilancia y control de Superfinanciera a conglomerados financieros (2:30 p.m.)
29 de Agosto de 2016
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Nota:
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El conglomerado financiero es definido como el conjunto de entidades con un controlante común que incluya dos o más entidades nacionales o extranjeras que ejerzan una actividad propia de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, siempre que al menos una de ellas ejerza dichas actividades en Colombia. El conglomerado financiero está constituido por su controlante y las siguientes entidades subordinadas: i) entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) y sus subordinadas nacionales y/o en el exterior; ii) entidades en el exterior que ejerzan una actividad propia de las entidades vigiladas por la Superfinanciera y sus subordinadas y iii) las personas jurídicas o vehículos de inversión a través de los cuales el holding financiero ejerce el control de las entidades anteriormente señaladas. A su turno, la iniciativa define el holding financiero como aquella persona jurídica o vehículo de inversión que ejerza control sobre las entidades que conforman un conglomerado financiero. Así pues, un proyecto del Gobierno le otorgaría competencia a la Superfinanciera para ejercer supervisión tanto a los conglomerados financieros como a los holding en los siguientes aspectos: a) impartir instrucciones a los holdings financieros relacionadas con la gestión de riesgos, control interno, revelación de información, conflictos de interés y gobierno corporativo respecto del conglomerado; b) requerir a los holdings cambios en la estructura del conglomerado financiero siempre que la existente no permita una adecuada revelación de información, una supervisión comprensiva y la identificación del beneficiario real y de las entidades que lo conforman; c) autorizar las inversiones de capital, directas o indirectas que pretenda realizar el holding en entidades financieras, de seguros y del mercado de valores locales o del exterior; d) requerir información y realizar visitas de inspección a las entidades que conforman un conglomerado financiero, con el fin de obtener un conocimiento integral de su situación financiera, del manejo de sus negocios, de la administración de sus riesgos o de los demás aspectos que se requieran, entre otras. La iniciativa fue designada a la Comisión Tercera del Senado, en donde se encuentra a la espera de ponencia para primer debate.
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