Minhacienda expide régimen para las operaciones repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores (2:00 p.m.)
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12 de Diciembre de 2013
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Con el fin de preservar el buen funcionamiento y la transparencia del mercado de valores, el Ministerio de Hacienda estableció un régimen de garantías para las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores realizadas en sistemas de negociación de valores o en el mercado mostrador. Así mismo, fijó límites en estas operaciones realizadas por cuenta de terceros, las cuales son establecidas actualmente por parte de la bolsa de valores. Es así que el máximo porcentaje permitido de la relación entre el número de acciones que hayan sido objeto de operaciones de repo y simultáneas y el flotante de la respectiva especie será del 25 %. En caso de superarse este límite, la especie no podrá ser objeto de nuevas operaciones. Además, introdujo deberes especiales a las bolsas de valores, a los administradores de sistemas de negociación, a los administradores de los sistemas de registro de operaciones y/o a los administradores de los sistemas de compensación y liquidación de operaciones, lo cuales tendrán seis meses para ajustar sus reglamentos de acuerdo con lo establecido en la nueva disposición.
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