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Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Superindustria asume protección de usuarios de televisión por suscripción

15 de Agosto de 2019

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Los usuarios de televisión por suscripción y televisión comunitaria podrán remitir sus quejas y reclamaciones sobre la calidad de este servicio a la Superintendencia de Industria y Comercio, entidad que tras la entrada en vigencia de la Ley 1978 del 2019 fue encargada para cumplir esta labor y remplazar así a la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), en liquidación. (Lea: En seis meses se liquidará la ANTV)

 

Es de recordar que el artículo 39 de la ley dispone la supresión y liquidación de la ANTV, cuyas funciones de ejecución pasarán a ser ejercidas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), las de vigilancia y control y la asignación del espectro serán ejercidas por el Mintic y las funciones de protección de la competencia y del consumidor serán ejercidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. (Lea: En vigencia, régimen de protección de usuarios de servicios de comunicaciones)

 

Esto significa que los usuarios de servicios de televisión por suscripción y comunitaria tendrán desde este momento la posibilidad de presentar peticiones, quejas y reclamos, así como recursos de reposición y, en subsidio, apelación ante esta superintendencia.

 

Además, podrán solicitar favorabilidad sobre las peticiones que no sean atendidas por el operador dentro de los 15 días hábiles siguientes a su presentación, aplicando de esta manera el silencio administrativo positivo.

 

A su vez, la superintendencia podrá imponer sanciones, impartir instrucciones y dar órdenes a los operadores de estos servicios, para garantizar la efectiva protección de los derechos de los 5,9 millones de usuarios que tienen los 58 operadores de televisión por suscripción del país.

 

Al respecto, el titular de la superintendencia, Andrés Barreto, explicó que “la Superindustria estará atenta a recibir y atender oportunamente todas las quejas de los usuarios de estos servicios; al tiempo que, en su propósito de ser una aliada del progreso, ayudará a las empresas a estar en línea con la regulación y a adoptar medidas que les permitan mejorar en la atención de sus usuarios”. (Lea: Contratos de comunicaciones pueden terminarse en cualquier momento)

 

¿Qué debe hacer un consumidor para ejercer sus derechos como usuario TIC?

 

Para ejercer los derechos como usuario TIC se debe presentar inicialmente la petición, queja o reclamo directamente ante el operador. En caso de que este responda negativamente, la persona puede presentar un recurso de reposición y en subsidio el de apelación, el cual será resuelto por la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

Si el usuario no recibe respuesta de su operador, operará de pleno derecho el silencio administrativo positivo y se entenderá que la solicitud, reclamación o recurso ha sido resuelto en forma favorable al usuario.

 

En caso de que el operador no aplique el silencio administrativo positivo, podrá acudir a la superintendencia como autoridad que ejerce inspección, vigilancia y control en materia de protección a los usuarios, para presentar una denuncia y que se adelante la investigación correspondiente.

 

Superindustria y Comercio, Comunicado, 08/14/2019.

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