Liquidador responde judicialmente si omite incluir obligaciones existentes en el inventario (8:10 a.m.)
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06 de Septiembre de 2016
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Corresponde a los liquidadores elaborar un inventario que incluya, además de la relación pormenorizada de los distintos activos sociales, la de todas las obligaciones de la sociedad, inclusive de las que solo puedan afectar eventualmente su patrimonio, como las condicionales, litigiosas, fianzas, avales, etc, con especificación de la prelación u orden legal para su pago, indicó la Superintendencia de Sociedades. Si el liquidador omite obligaciones existentes a cargo de su administrada se le podrá exigir judicialmente el reconocimiento de indemnizaciones, para lo cual el acreedor cuenta con el término de cinco años a partir del momento de la inscripción en cámara de comercio de la cuenta final de liquidación de la sociedad.
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