14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


La vulneración del principio de consecutividad es un vicio de forma sujeto a la caducidad de la acción de inconstitucionalidad (11:02 a.m.)

01 de Agosto de 2011

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Nota:
75779
La Corte Constitucional se inhibió para pronunciarse de fondo sobre una demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra el artículo 100 de la Ley 1328 del 2009 (Ley de Reforma Financiera), en el que se contempla la figura de los corresponsales cambiarios. Según el actor, en el texto original no estaba consagrada esta figura y no fue objeto de debate en las comisiones constitucionales permanentes de asuntos económicos de la Cámara de Representantes ni del Senado de la República. Para la Corte, la vulneración del principio de consecutividad que se alegaba constituía un vicio de forma, dado que la infracción se refiere al proceso de formación de la ley, por lo que está sometido al término de caducidad de que trata el artículo 242 de la Constitución. Así las cosas, como la demanda no fue interpuesta dentro del año siguiente a la publicación del mismo acto, no era procedente un pronunciamiento de fondo (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).

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