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Noticias / Mercantil


Formulan cargos contra comercializadores de vapeadores, por presunta vulneración a derechos del consumidor

30 de Agosto de 2022

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La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de los comercializadores British American Tobacco Colombia SAS, Inversiones Glu Cloud SAS, Grupo Diy SAS y Lifetech SAS para determinar si vulneraron las disposiciones del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) en cuanto al ofrecimiento de productos que contienen nicotina y otras sustancias que afectan la salud, conocidos como “líquidos para vapeadores” y/o “vapeadores”.

El origen de las investigaciones fueron varias denuncias que señalan, entre otras cosas, que los cuestionados suministran información engañosa respecto de los líquidos que se emplean en los dispositivos denominados “vapeadores” y que contienen presuntamente nicotina, así como por la inobservancia de obligaciones legales sobre las condiciones especiales que deben ser informadas a los consumidores para este tipo de productos nocivos. (Lea: Instituciones educativas son autónomas para establecer reglas sobre uso de vapeadores).

Una vez analizado el material probatorio, como fue visitas de inspección administrativa a las páginas web de los comercializadores y recolección de diversa documentación, la entidad concluyó de manera preliminar varias conductas constitutivas de infracciones, entre ellas:

  1. No suministro de información clara, oportuna y precisa respecto de la intensidad de nicotina ofrecida a los usuarios.
  1. Suministro de información mínima en idioma diferente al castellano.
  1. No se indicó en los envases y empaques de los productos la nocividad de los mismos, ni las condiciones o indicaciones necesarias para la correcta utilización de las sustancias que contienen nicotina.
  1. Se emitió publicidad de productos que son nocivos para la salud, sin advertirle claramente al público acerca de la nocividad y las contraindicaciones del caso. (Lea: Cigarrillos electrónicos no están aprobados para usarse como medicamento).
  1. Se emplearon herramientas de comercio electrónico sin tomar medidas para verificar la edad de los consumidores.
  1. En los contratos de adhesión se incluyeron cláusulas que irían en detrimento de los derechos que les asisten a los consumidores.

De confirmase la vulneración por parte de los comercializadores cuestionados, se podrán imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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