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Nuevos documentos tipo para licitaciones de infraestructura social

La resolución actualiza requisitos y formatos para contratación pública, incorporando criterios sociales y ambientales en procesos de obra pública nacional.

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19 de Septiembre de 2025

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La Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente, adoptó la versión 2 de los documentos tipo para licitaciones de obra pública de infraestructura social. La medida remplaza las resoluciones expedidas en 2021 y amplía su alcance a los sectores de educación, salud, cultura, recreación, deporte, institucional y vivienda.

Los nuevos pliegos unifican requisitos, reducen trámites y garantizan mayor transparencia en los procesos de contratación estatal.  (Lea: ¿Revolución en la contratación pública o pesadilla legal a punto de estallar?)

La resolución establece parámetros obligatorios para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación, incluyendo requisitos habilitantes, criterios técnicos, financieros y socioambientales. Con esta actualización se promueve la pluralidad de oferentes, se disminuye el riesgo de direccionamiento y se facilita la participación de Mipymes, emprendimientos de mujeres y poblaciones vulnerables. Además, incorpora formatos y matrices que permiten evaluar experiencia, capacidad organizacional y sostenibilidad

El acto administrativo se apoya en la Ley 2022/20, el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y el Decreto 142/23, que impulsan criterios de inclusión social y ambiental en las compras públicas.

Estas herramientas permiten que la contratación estatal no solo seleccione la mejor oferta económica, sino que también incentive prácticas de equidad, trabajo digno y protección ambiental. La estrategia hace parte de las metas de transparencia y lucha contra la corrupción trazadas por el Gobierno nacional.

Según el cronograma previsto, los documentos tipo rigen para los procesos cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero del 2026. Su implementación se acompaña de capacitación a entidades estatales y de la obligación de adaptar los pliegos en el sistema SECOP II.

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