Formalización del acuerdo de fusión previsto para las SAS puede realizarse por documento privado inscrito en el registro mercantil (4:57 p.m.)
24 de Noviembre de 2010
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Nota:
70529
El texto del acuerdo de fusión abreviada en una sociedad por acciones simplificada, conforme a la Ley 1258 del 2008, debe publicarse en diario de circulación nacional y en uno de amplia circulación en el domicilio social de cada una de las sociedades participantes y es partir del día siguiente a la publicación que empieza a correr el término de 30 días para que los terceros interesados inicien la acción de oposición, con el fin de exigir garantías necesarias y/o suficientes, indicó la Superintendencia de Sociedades. En cuanto a la formalización del acuerdo, la entidad señaló que el mismo puede realizarse por documento privado inscrito en el registro mercantil, a menos que dentro de los activos transferidos hayan bienes cuya enajenación requiera escritura pública.
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