Regulan el seguro de depósitos aplicable a sociedades especializadas en pagos electrónicos (11:47 a.m.)
23 de Septiembre de 2016
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Nota:
123427
A través de la Resolución 001, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín) reguló el seguro de depósitos del fondo para las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos (Sedpes). Para efectos del amparo de los depósitos captados por las Sedpes inscritas, el Fondo pagará el seguro en caso de liquidación forzosa administrativa. Dichas sociedades que obtengan la autorización de constitución de la Superintendencia Financiera deberán solicitar su inscripción siguiendo el procedimiento que define la nueva resolución. Así, las Sedpes inscritas deberán pagar una prima anual por seguro de depósitos correspondiente al 0,15 % anual del monto de los depósitos electrónicos amparados por esta norma. Las primas establecidas se liquidarán con base en el promedio simple de los saldos diarios de los depósitos electrónicos, para cada uno de los trimestres objeto de pago. La forma de pago será por trimestre calendario vencido y deberán ser entregadas al fondo dentro de los tres últimos días hábiles de los meses de junio, septiembre, enero y marzo. También regula aspectos como valor máximo asegurado y pago del seguro de depósitos para depositantes y el alcance de la cobertura.
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