Reglamentan inversiones financieras en valores extranjeros emitidos en el exterior e inscritos en el RNVE (4:04 p.m.)
30 de Octubre de 2012
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Nota:
83626
El Banco de la República reglamentó las inversiones de capital del exterior de portafolio e inversiones financieras en valores emitidos por entidades extranjeras e inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE). Así, la sociedad comisionista de bolsa que adquiera valores extranjeros inscritos en desarrollo de contratos de comisión deberá canalizar las divisas y efectuar el registro correspondiente con la presentación de la declaración de cambio por inversiones internacionales (formulario 4). El Emisor especifica en qué casos se debe realizar un nuevo registro de operación y el procedimiento para hacerlo. Así mismo, puntualiza que cuando el residente colombiano compre o venda valores extranjeros emitidos en el exterior e inscritos en el RNVE no deberá diligenciar declaración de cambio.
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