Ingresar divisas de una exportación por un medio distinto al legal es infracción cambiaria (4:08 p.m.)
30 de Octubre de 2013
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Nota:
92393
Ingresar al país divisas o títulos representativos de las mismas o de moneda legal colombiana producto de una operación de cambio de obligatoria canalización, como la importación o exportación de bienes, por un medio distinto al legalmente establecido, es una infracción cambiaria sancionable de acuerdo a lo previsto en el Decreto 2245 del 2011. Así lo indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de septiembre.
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