Fondos de pensiones deben implementar mecanismos para que sus afiliados elijan, cambien o se retracten del tipo de fondo seleccionado (12:01 p.m.)
17 de Diciembre de 2010
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Nota:
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Teniendo en cuenta que a partir del próximo año los afiliados no pensionados de los fondos de pensiones obligatorias podrán elegir el fondo donde estarán sus aportes (moderado, conservador o de mayor riesgo), en el marco del esquema de multifondos establecido por la Ley 1328 del 2009 (reforma financiera), la Superintendencia Financiera les acaba de ordenar a las administradoras de tales fondos poner a disposición medios verificables para que estos elijan o cambien de tipo de fondo o ejerzan la opción de retracto de su primera elección. La Circular Externa 44 del 16 de diciembre, vigente a partir del próximo 1° de enero, contempla las instrucciones sobre el particular.
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