Facultades de la Superintendencia Financiera en procesos de fusión dependen del grado de supervisión que ejerce sobre los participantes (10:14 a.m.)
11 de Mayo de 2010
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Nota:
66134
Las facultades legales de la Superintendencia Financiera en procesos de fusión dependen de la especie de supervisión que ejerza sobre los participantes. Si se encuentran sujetos a control exclusivo de la entidad, el proceso requiere su autorización; si es control concurrente, carece de atribución legal para pronunciarse y, si son sujetos a vigilancia, podrá objetar el proceso. Si alguno de los participantes tiene títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores pasa a ser objeto de control exclusivo y, por lo tanto, requiere autorización.
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