Entidades de crédito deben acatar decisión de la Corte Constitucional sobre ley que permite pagar créditos anticipadamente sin sanción (2:37 p.m.)
12 de Agosto de 2013
Reproducir
Nota:
90422
Luego que la Corte Constitucional decidiera extender a los deudores de créditos adquiridos antes del 9 de julio del 2012 la posibilidad de pagarlos anticipadamente, sin que por ello las entidades financieras puedan imponerles sanciones, la Superintendencia Financiera recordó que les corresponde a dichas entidades atender el sentido de las determinaciones adoptadas por el alto tribunal. Por lo anterior, les solicitó tomar las medidas necesarias para el cabal cumplimiento de las previsiones contenidas en el comunicado emitido por la Corte y dar plena aplicación al parágrafo del artículo 1º de la Ley 1555 del 2012.
Opina, Comenta