Embargo sobre una marca no impide celebrar contratos de licencias de uso (4:44 p.m.)
25 de Septiembre de 2013
Reproducir
Nota:
91410
Teniendo en cuenta que las características y obligaciones del contrato de licencia de uso de una marca no implican la transferencia o disposición de la misma, esta figura no encuadra dentro de la prohibición de enajenación que establece el ordenamiento jurídico respecto a los bienes embargados. Por lo tanto, el titular o terceros licenciatarios pueden usar una marca sobre la cual recae una medida de embargo. Así lo indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, en concepto de julio.
Opina, Comenta