Datos privados de los usuarios de servicios de telecomunicaciones están dotados de mecanismos que permiten garantizar su confidencialidad (11:01 a.m.)
23 de Diciembre de 2010
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Nota:
71208
El dato privado es un bien jurídico tutelado y, como tal, sujeto al ejercicio de las acciones legales pertinentes para preservar su uso legitimo y dotado de los mecanismos que permiten garantizar su confidencialidad, sin perjuicio del uso que requiera darse por parte de las entidades autorizadas en interés general, recordó la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Por su parte, el Régimen de Protección de los Derechos de los Suscriptores y Usuarios de los Servicios de Telecomunicaciones (Resolución 1732 del 2007) señala que los datos de los suscriptores solo se pueden intercambiar con otros proveedores, para efectos de la prevención y control de fraude y el cumplimiento de las normas que así lo exijan. Los datos distintos a los relacionados con los servicios ofrecidos por el operador podrán ser usados solo con autorización expresa y escrita del usuario.
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