Corte Suprema reitera supuestos de configuración del abuso del derecho en relaciones contractuales (9:47 a.m.)
27 de Noviembre de 2013
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Nota:
92953
Los comportamientos desviados, excesivos o anormales también pueden presentarse en la celebración, desarrollo o extinción de los negocios jurídicos. Así lo reiteró la Corte Suprema de Justicia al señalar que el abuso del derecho no solo se presenta en la esfera particular del derecho de dominio o de otros derechos reales o personales, sino también en la formación del contrato, en su ejecución, en su disolución y aún en el periodo post-contractual. Para el caso concreto, el alto tribunal recordó que, en relación con el otorgamiento de créditos y el manejo de la relación contractual por parte de los establecimientos bancarios, se ha reconocido que puede abusar del poder de negociación quien “encontrándose de hecho o por derecho en una posición dominante en el tráfico de capitales, bienes y servicios, no solamente ha señalado desde un principio las condiciones en que se celebra determinado contrato, sino que en la fase de ejecución o cumplimiento de este último le compete el control de dichas condiciones. En ese ámbito se configura el abuso, cuando, atendidas las circunstancias particulares que rodean el caso, la posición de dominio es aprovechada, por acción o por omisión, con detrimento del equilibrio económico, concluyó el alto tribunal (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).
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