Convenios suscritos entre la Secretaría de Hacienda Distrital y los bancos para el recaudo y recepción de impuestos requieren póliza global bancaria (3:09 p.m.)
28 de Julio de 2010
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Nota:
67607
No existe dentro del ordenamiento legal ninguna disposición que imponga a las entidades financieras el deber de tomar una póliza global bancaria, con el fin de amparar los riesgos inherentes al desarrollo de su objeto social. Por lo tanto, su contratación corresponde a la autonomía de las partes en virtud de la libertad contractual de la que gozan, precisó la Superintendencia Financiera. No obstante, la entidad señaló que en los convenios que suscriban la Secretaría de Hacienda Distrital y los bancos para el recaudo y recepción de impuestos y recursos, es necesaria la constitución de una póliza de cumplimiento a favor del Distrito, así como una póliza global bancaria o de infidelidad o riesgos financieros, para garantizar las operaciones realizadas.
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