Control de los decretos reglamentarios no es competencia de la Corte Constitucional (9:15 a.m.)
13 de Febrero de 2012
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Nota:
79073
El Decreto 3806 del 2009, que busca desarrollar las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en la contratación pública, fue expedido por el Presidente de la República en ejercicio de las potestad reglamentaria que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución, por lo que no es una norma con fuerza de ley ni un decreto legislativo, cuyo control le corresponde a la Corte Constitucional. Por tal razón, el alto tribunal se inhibió de conocer la demanda de constitucionalidad contra dicha disposición, pues reiteró que las competencias especiales o atípicas de la Corte Constitucional en relación con ciertos decretos y actos de autoridad no incluyen el control de los decretos reglamentarios (M. P. Mauricio González Cuervo).
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