Consejo de Estado recuerda la forma en que deben ser examinados los signos marcarios para determinar su distintividad (9:29 a.m.)
10 de Marzo de 2011
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Nota:
72314
El Consejo de Estado reiteró que para determinar la distintividad entre signos marcarios deben observarse en conjunto y con la totalidad de los elementos que los integran, sin descomponer su unidad fonética y gráfica, teniendo en cuenta la totalidad de las sílabas y letras que forman los vocablos de las marcas, sin que dejen de destacarse los elementos dotados de eficacia diferenciadora. El consejo advirtió que las marcas Orex y Rolex no son idénticas, pero desde el punto de vista fonético y ortográfico existe cierto grado de semejanza que las hace confundibles. Además, concluyó que existía una conexidad competitiva entre los signos. Por estas razones, la Sección Primera declaró la nulidad de la resolución de la Superintendencia de Industria y Comercio que había concedido el registro de la marca Orex (C.P. Rafael E. Ostau De Lafont Pianeta).
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