14 de Diciembre de 2024 /
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Noticias / Mercantil


Consejo de Estado precisó el concepto de familia de marcas

08 de Noviembre de 2023

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Nota:
168369

En una reciente sentencia, la Sección Primera del Consejo de Estado determinó que la marca mixta ZOO cuenta con suficiente distintividad, y es susceptible de ser registrada como marca en la Clase 44 de la Clasificación Internacional de Niza, por lo que no se encuentra incursa en la causal de irregistrabilidad prevista en el literal b) del artículo 135 de la Decisión 486 del 2000.

La parte demandada en la contestación de la demanda adujo que el tercero con interés directo en el resultado del proceso es titular de varios registros marcarios que contienen el término ZOO, lo que, a su juicio, constituye una familia de marcas y, en ese sentido, la marca registrada mediante el acto administrativo acusado debe tener una mayor protección.

Sin embargo, la Sala encontró que el término ZOO no puede ser considerado un elemento distintivo común sobre el cual recaiga la distintividad de la marca mixta ZOO, por lo que la fuerza distintiva recae sobre todo el conjunto marcario y no sobre el término ZOO individualmente considerado, por lo que en este caso no se presenta la figura de familia de marcas.

Sobre el tema la Sala determinó que en la normativa de la Comunidad Andina no se encuentra definido el concepto de la familia de marcas; sin embargo, se trata de una figura que ha sido desarrollada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina a través de distintas interpretaciones prejudiciales que se resumen en lo siguiente:

i) Se trata de un conjunto de marcas.

ii) Pertenecientes a un mismo titular.

iii) Que comparten un rasgo distintivo común.

iv) Que producen una impresión general común que induce al público consumidor a asociarlas entre sí y pensar que los productos o servicios a que se refieren tienen un origen empresarial común.

Así las cosas, para el Consejo de Estado una familia de marcas implica la existencia de una pluralidad de marcas, distintas entre sí pero que comparten un rasgo distintivo común que lleva al público consumidor a asociarlas entre sí. (C.P.: Hernando Sánchez Sánchez).

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