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Autorización escrita de descuentos por libranza es el único documento que faculta al pagador (3:57 p.m.)

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23 de Diciembre de 2019

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El único documento que faculta al empleador o entidad pagadora para a efectuar descuentos de nómina por cuenta de un crédito otorgado a favor de un trabajador, contratista, afiliado o pensionado por una entidad operadora de libranza es la autorización escrita, expresa e inequívoca del beneficiario del crédito para que opere el descuento del salario, honorarios, pagos o pensión en los términos que este, sin lugar a dudas o equívocos, autorice. Por lo tanto, precisó la Superintendencia de Sociedades, cualquier documento distinto a la libranza suscrita y debidamente diligenciada y sus anexos, cuando estos hagan parte de la autorización, carece de este efecto. 

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