Aplicar cláusula resolutoria de subsidio por abandono del predio a víctimas de desplazamiento vulnera derechos fundamentales (4:13 p.m.)
03 de Octubre de 2014
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Nota:
63670
La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la vida digna y mínimo vital de los miembros de la asociación de productores y comercializadores de urapanes (Asoprourapanes), a quienes se les adjudicó un subsidio integral para adquirir el derecho en común y proindiviso de un predio rural, pero fueron víctimas de saqueos, incineraciones y amenazas lo que los obligó a abandonarlo. El alto tribunal le ordenó al Incoder no aplicar la cláusula resolutoria del subsidio asignado por abandono del predio y coordinar con la Unidad Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas las medidas que garanticen el retorno en condiciones de seguridad e integridad física de cada uno de los desplazados y que realicen el acompañamiento hasta que el proceso para el restablecimiento socioeconómico se complete. Si esto no es posible, el Incoder deberá asignarles otro predio con las condiciones necesarias para que se desarrolle el proyecto productivo, agregó (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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