22,41%, interés moratorio tributario para el tercer trimestre del 2010 (8:02 a.m.)
01 de Julio de 2010
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Nota:
66950
Los contribuyentes que entre el 1° de julio y el 30 de septiembre del presente año se retarden en el pago de sus impuestos, retenciones y anticipos administrados por la DIAN deberán pagar un interés moratorio del 22,41 efectivo anual, cifra inferior en un 0,56% frente a la vigente hasta ayer (22,97%). Esa tasa, que equivale a una y media veces el interés bancario corriente para los créditos de consumo y ordinario certificado ayer por la Superintendencia Financiera, se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de tales obligaciones.
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