Valor de los aportes al sistema de seguridad social de la trabajadora del servicio doméstico que labora por días debe ser asumido por el empleador (11:21 a.m.)
Openx [71](300x120)
73104
05 de Mayo de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud y de pensiones de la trabajadora del servicio doméstico que presta sus servicios por días son obligatorias y deben efectuarse sobre una base no inferior al salario mínimo mensual legal vigente, como cotizante dependiente y no como independiente por contrato de prestación de servicios, señaló el Ministerio de la Protección Social, en oficio de marzo. En este caso, se supondría la vinculación de varios empleadores y a cada uno de ellos le correspondería asumir el pago de la parte correspondiente del aporte. Además, deben afiliar a la trabajadora al sistema de riesgos profesionales, en el que la base tampoco podrá ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente, indicó la entidad.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!